Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Art. 42
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE
Vigente desde 2025-09-05
De cada junta o asamblea se formará un expediente que contendrá: a) La notificación dispuesta en el artículo 2 de este reglamento; y, la hoja del periódico en que conste la publicación de la convocatoria cuando fuere del caso, o el documento que pruebe que la convocatoria además se hizo en la forma complementaria que hubiere previsto el estatuto; b) Copias de las convocatorias dirigidas a los comisarios u órganos de fiscalización, si fuere del caso, citándolos a la junta o asamblea; c) La lista de los asistentes con la determinación de las participaciones o acciones que representen y, en este último caso, el valor pagado por ellas y los votos que le corresponda; así como, la forma de comparecencia acorde a lo previsto en los artículos 23, 24 y 25 del presente reglamento. d) Los nombramientos y poderes de representación entregados para actuar en la junta o asamblea; e) Copia del acta certificada por el Secretario de la junta o asamblea dando fe de que el documento es fiel copia del original; f) Los demás documentos que hubieren sido conocidos por la junta o asamblea.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.