Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO III DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
Art. 41
FORMAS DE LLEVAR LAS ACTAS
Vigente desde 2025-09-05
Las actas de las juntas generales o asamblea de accionistas se llevarán en un libro especial destinado para el efecto, de forma física o digital. Cuando se trate de un libro físico, se asentarán en hojas foliadas a número seguido, escritas en el anverso y en el reverso, en las cuales, las actas figurarán una a continuación de otra, en riguroso orden cronológico, sin dejar espacios en blanco en su texto. Cuando se trate de un libro digital, se implementarán herramientas tecnológicas como el blockchain, siempre y cuando la información se encuentre organizada en una cadena de bloques o en cualquier otra red de distribución de datos o tecnología de registro y archivo de información virtual, segura y verificable.
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