Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO X DEL CONCURSO PREVENTIVO
Art. 37
DE LAS INSCRIPCIONES
Vigente desde 2025-09-05
El instrumento en que consten los acuerdos a los que se refieren los artículos 32, 33 y 34 de las presentes normas, así como la resolución aprobatoria de tales acuerdos, serán inscritos en el Registro Mercantil del domicilio principal de la compañía concursada y si fuere del caso en los respectivos registros de la propiedad u otros señalados por las leyes.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.