Vigente
CuentaComprobando cuenta

Art. 10 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros

PAGOS IMPUTABLES A OBLIGACIONES PENDIENTES

Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
Compartir:WhatsAppXLinkedIn

Los pagos parciales que realicen los sujetos pasivos morosos se imputarán de conformidad con lo establecido en los artículos 47 y 48 del Código Tributario. Así mismo, se aplicarán las tasas de interés por mora vigentes en cada período.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.