Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XV DE LAS CONTRIBUCIONES Y DE LA COACTIVA

Art. 11

SALDOS DEUDORES O ACREEDORES

Vigente desde 2025-09-05

Los saldos deudores o acreedores por contribuciones, intereses o multas, deberán arrastrarse de un ejercicio económico a otro, para cada sujeto pasivo; sin embargo, las compañías que tengan saldos a favor y requieran su devolución, se sujetarán al procedimiento establecido en este Reglamento para el pago en exceso.

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