Art. 12 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
COMPAÑÍAS NUEVAS
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las compañías pagarán la contribución a partir del año siguiente al de su constitución. El balance general o estado de situación correspondiente al año de constitución servirá de base para calcular la contribución.
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