Art. 307 del Código del Trabajo
Alcance de las disposiciones de este capítulo
Vigentedesde el 9 de abril de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 9 de abril de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las disposiciones de este capítulo no se refieren a quienes conforme a la ley tengan el carácter de empleados públicos, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 10 y 316 de este Código.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.