Código del Trabajo › TÍTULO III DE LAS MODALIDADES DEL TRABAJO
Art. 306
Servicios inmateriales
Vigente desde 2026-04-09
Los servicios inmateriales que consisten en una larga serie de actos, como los que mediante remuneración escriben para la prensa, secretarios de personas privadas, preceptores, histriones y cantores, se sujetarán a las disposiciones de este capítulo sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.