Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código del TrabajoTÍTULO III DE LAS MODALIDADES DEL TRABAJO

Art. 305

Empleado privado o particular

Vigente desde 2026-04-09

Empleado privado o particular es el que se compromete a prestar a un empleador servicios de carácter intelectual o intelectual y material en virtud de sueldo, participación de beneficios o cualquier forma semejante de retribución siempre que tales servicios no sean ocasionales.

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