Vigente NORMATIVA AL DÍA

Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y SegurosTÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO

Art. 14

PRUEBA

Vigente desde 2025-09-05

En la providencia de admisión, el Secretario General o el delegado del Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, ordenará la apertura del periodo de prueba por el término de cinco días. Transcurrido el término indicado en el inciso anterior, mediante providencia se declarará concluido el término de prueba, y se admitirán o rechazarán las pruebas aportadas por las partes intervinientes. La sustanciación de la prueba se efectuará de conformidad con lo previsto en el capítulo III del presente Reglamento.

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