Art. 13 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
ADMISIÓN
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Si el recurso de apelación reuniere los requisitos reglamentarios, dentro del término de tres días, contados a partir de la recepción del expediente, el Secretario General o el delegado del Superintendente de Compañías, Valores y Seguros, lo admitirá a trámite mediante providencia. En caso de existir personas interesadas, en la misma providencia se dispondrá correr traslado con el escrito que contiene la apelación y poner a su disposición los documentos incorporados por el recurrente, por el término de cinco días, a fin de que formulen las alegaciones y presenten los documentos y justificantes que estimen procedentes.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.