Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros › TÍTULO XIV PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN EL ÁMBITO SOCIETARIO
Art. 5
REQUISITOS Y CONTENIDO DEL RECLAMO ADMINISTRATIVO
Vigente desde 2025-09-05
Para los fines de este reglamento, el procedimiento administrativo ordinario iniciará con el respectivo acto administrativo, que será precedido del correspondiente reclamo presentado en la institución, el mismo que contendrá al menos, los siguientes requisitos: a) Los nombres y apellidos del reclamante, nacionalidad, estado civil, domicilio, número de cédula de identidad o pasaporte y dirección de correo electrónico. Si comparece como mandatario o procurador, consignará también los mismos datos y se seguirán las reglas señaladas en el Código Civil. b) La narración de los hechos detallados y pormenorizados que sirven de fundamento a su reclamo. c) Los fundamentos de derecho que justifican la reclamación, expuestos con claridad y precisión. d) La mención del órgano administrativo ante el cual se presenta el reclamo. e) La determinación del acto administrativo que origina el reclamo. f) La firma del recurrente. En caso de comparecer como procurador, se adjuntará el correspondiente mandato.
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