Art. 11 de la Resolución que codifica las normas de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros
CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN AL TRÁMITE
Vigentedesde el 5 de septiembre de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 5 de septiembre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Si el reclamo administrativo cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente reglamento, el Secretario General o el Delegado del Superintendente de Compañías Valores y Seguros, expedirá el acto administrativo de inicio del procedimiento administrativo, que se notificará al o a los recurrentes, disponiéndose en el mismo su calificación y admisión al trámite.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.