Reglamento a la Ley del Registro Único de Contribuyentes
Art. 19
Del carácter de la información
Vigente desde 2024-02-09
La información establecida por el Servicio de Rentas Internas mediante Resolución de carácter general, es de carácter público, y será publicada en su página web institucional; mientras que la información que se registra en la base de datos es confidencial y será de uso exclusivo para fines de la Administración Tributaria.
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