Art. 60 del Reglamento General a la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
Estructuras de reporte
Vigentedesde el 2 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Las estructuras de reporte que dicte la Unidad de Análisis Financiero y Económico determinarán la información requerida a los sujetos obligados, que incluirá lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos y la información respectiva que se contemple en la normativa correspondiente.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.