Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Art. 72

Contenido y publicación de la resolución

Vigente desde 2023-11-13

La Autoridad de Protección de Datos Personales establecerá el mecanismo de revisión periódica de los niveles adecuados de protección, que deberá llevarse a cabo anualmente. De ser el caso, podrá revocar, modificar o suspender la resolución que reconoció el adecuado nivel de protección al país, organización o persona jurídica, sin que este acto tenga efectos retroactivos. La resolución será publicada en el Registro Oficial y por medios digitales disponibles al público en su página web institucional.

Ver historial de versiones

Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.