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Art. 27 del Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales

Notificación de vulneración de seguridad por parte del encargado

Vigentedesde el 13 de noviembre de 2023

Consolidación:
texto consolidado al 13 de noviembre de 2023, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El encargado deberá notificar al responsable del tratamiento de datos personales la vulneración de la seguridad de datos personales. La notificación de vulneración de seguridad deberá contener la misma información detallada en el artículo precedente, a excepción de la evaluación del riesgo.

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