Reglamento a la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Art. 26
Contenido de la notificación
Vigente desde 2023-11-13
La notificación de vulneración de seguridad deberá contener lo siguiente: 1. La naturaleza y tipo de vulneración; 2. Identificar los titulares o interesados afectados; 3. El detalle inicial de los sistemas vulnerados; 4. La causa presunta de la vulneración: 5. El volumen y tipos de datos expuestos o comprometidos; 6. Las medidas adoptadas y previstas para responder y remediar la vulneración con la finalidad de mitigar las consecuencias presuntas; 7. La evaluación del riesgo que la vulneración implica para los derechos y libertades de los titulares; y, 8. Otros aspectos determinados por la Autoridad de Protección de Datos Personales.
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