Disposición Transitoria TERCERA
DT 3
Vigentedesde el 28 de marzo de 2025
- Consolidación:
- texto consolidado al 28 de marzo de 2025, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Sin perjuicio de lo establecido en el penúltimo inciso del artículo 42 de este reglamento, la suspensión de los procesos coactivos a los que se refieren las Disposiciones Transitorias Vigésima y Vigésima Tercera de la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria derivada del Covid-19, serán aplicables para los procesos iniciados y sustanciados en aplicación del Código Orgánico Administrativo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.