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Art. 54 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Cálculo de la multa con reincidencia

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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En los casos en los que el sujeto obligado haya sido declarado reincidente, la sanción equivaldrá al monto máximo establecido en la Ley, considerando el grado de su falta. La disminución establecida para la rectificación de la conducta no será aplicable en los casos de reincidencia.

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