Art. 53 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Cálculo de la multa sin rectificación de conducta
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
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En los casos en los que el sujeto obligado no rectifique su conducta, la sanción pecuniaria equivaldrá a la base de la multa en consideración del grupo al que pertenezca.
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