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Art. 40 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Determinación de la sanción

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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Cuando la resolución determine la existencia de responsabilidad administrativa, la autoridad competente impondrá la sanción prevista en la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Combate del Delito de Lavado de Activos y de la Financiación de Otros Delitos, observando los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad.

Para la determinación de la sanción se considerarán los criterios establecidos en el presente Reglamento, debiendo motivarse expresamente las razones que justifican la sanción impuesta.

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