Art. 36 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Prueba de oficio
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Cuando resulte necesario esclarecer hechos relevantes para la decisión, el funcionario instructor podrá disponer pruebas de oficio que permitan aclarar, ampliar o incorporar nuevos documentos dentro del expediente, siempre que no impliquen modificar los hechos imputados en el acto de inicio.
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