Art. 35 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Valoración de la prueba
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
La prueba será apreciada de manera conjunta, conforme a las reglas de la sana crítica, debiendo motivarse su valoración en la resolución administrativa.
La prueba obtenida con vulneración del debido proceso carecerá de eficacia probatoria.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.