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Art. 31 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador

Reconocimiento de responsabilidad administrativa

Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026

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Si el sujeto obligado reconoce su responsabilidad, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción, sin necesidad de que se aperture el término de prueba.

El funcionario instructor emitirá el dictamen correspondiente y remitirá el expediente al funcionario resolutor para la expedición de la resolución.

En caso de que corrija su conducta y acredite esto en el expediente, se podrá obtener las reducciones o las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico.

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