Art. 31 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Reconocimiento de responsabilidad administrativa
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Si el sujeto obligado reconoce su responsabilidad, la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) podrá resolver el procedimiento con la imposición de la sanción, sin necesidad de que se aperture el término de prueba.
El funcionario instructor emitirá el dictamen correspondiente y remitirá el expediente al funcionario resolutor para la expedición de la resolución.
En caso de que corrija su conducta y acredite esto en el expediente, se podrá obtener las reducciones o las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.