Art. 19 del Se expide el Reglamento para el Procedimiento Administrativo Sancionador
Notificación del inicio de las Actuaciones Previas
Vigentedesde el 25 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
El nivel jerárquico superior de la Unidad Técnica que elabore el informe notificará al sujeto obligado el inicio de las Actuaciones Previas, acompañando el informe correspondiente y concediendo el término previsto en este Reglamento para que presente sus observaciones.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.