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Art. 9 del SE EXPIDEN LAS NORMAS PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DE OTROS DELITOS EN EL SECTOR SEGUROS

Junta General de Accionistas, Directorio u órgano administrativo estatutario competente

Vigentedesde el 17 de agosto de 2026

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La Junta General de Accionistas, Directorio u órgano administrativo estatutario competente será responsable de delimitar las funciones del Oficial de Cumplimiento Suplente, quien brindará apoyo a la gestión del Oficial de Cumplimiento Titular, sin que ello implique la delegación de las funciones asignadas a este último.

De no existir disposición expresa sobre la materia en el estatuto social, el órgano competente será la Junta General de Accionistas, como máximo organismo de gobierno de la sociedad.

El Oficial de Cumplimiento Suplente únicamente podrá ejercer las funciones del Oficial de Cumplimiento Titular en los casos de subrogación por ausencia temporal o ausencia definitiva, hasta la designación y calificación del nuevo titular. Durante el ejercicio de su cargo como suplente, no podrá desempeñar otras funciones dentro de la compañía que puedan generar conflicto de interés o afectar la independencia de su gestión.

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