Art. 5 del Se establecen las normas para el cumplimiento y comunicación de valores retenidos y/o embargados por las entidades financieras y entidades del sector de economía popular y solidaria dentro de procedimientos de ejecución coactiva
Medio y forma de presentación de los valores embargados
Vigentedesde el 7 de septiembre de 2026
- Texto cargado en Vigente:
Las entidades financieras públicas, privadas y las del sector de la economía popular y solidaria, enviarán la información de los valores embargados a través de la página web institucional www.sri.gob.ec, ingresando al portal transaccional SRI en Línea, sección Trámites y Notificaciones, Servicio “Gestión de pago de deudas y obligaciones tributarias”, trámite “Embargo de Valores” en los formatos que se encuentran disponibles.
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