Vigente NORMATIVA AL DÍA

Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario InternoTítulo V. RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LAS EMPRESAS PETROLERAS

Art. (...)

cuarto artículo innumerado posterior al Art. 240.1

Vigente desde 2011-07-25

De conformidad con la Ley de Régimen Tributario Interno, las Provisiones de Abandono y Remediación de Campo no son deducibles. Solo serán deducibles los gastos efectivamente realizados.

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