Vigente NORMATIVA AL DÍA

Acuerdo Ministerial MDT-2020-079

Art. 2

Del ámbito

Vigente desde 2023-11-29

Están obligados a la aplicación del presente Acuerdo Ministerial los empleadores que sean personas naturales o jurídicas obligadas a llevar contabilidad, incluidas las sociedades de hecho, sucesiones indivisas y patrimonios autónomos. En la participación de utilidades determinadas en normas legales específicas, cuyos porcentajes y repartos se diferencien de los establecidos en el Código del Trabajo, se estará a dichas disposiciones.

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