Art. 1 del Acuerdo Ministerial MDT-2020-079
Del objeto
Vigentedesde el 29 de noviembre de 2023
- Consolidación:
- texto consolidado al 29 de noviembre de 2023, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
El presente Acuerdo Ministerial regula la obligación que tiene el empleador respecto al pago y registro de la participación de utilidades a las que tienen derecho las personas trabajadoras y ex trabajadoras, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 97, 100, 103, 105 y 105.1 del Código del Trabajo.
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