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Art. 136 de la Ley de Seguridad Social

RECURSOS DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
Texto cargado en Vigente:
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El Seguro Social Campesino se financiará con los recursos señalados en el artículo 5 de la presente Ley.

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