Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos › TÍTULO VII BENEFICIARIO FINAL DE LAS PERSONAS JURÍDICAS
DR g2-3
(Disposición Reformatoria TERCERA)
Vigente desde 2026-02-11
Refórmese en la Ley Orgánica de la Función Legislativa lo siguiente:
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