Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos › TÍTULO V INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCESO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR
Art. 78
Calificación de infracciones
Vigente desde 2026-02-11
Las infracciones se califican en leves, graves y muy graves, sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda.
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