Art. 63 de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
Responsabilidad civil, administrativa y penal de los sujetos obligados
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Los sujetos obligados, así como sus empleados, funcionarios o directores, no incurrirán en responsabilidad civil, administrativa y penal, cuando en cumplimiento con las obligaciones definidas en esta ley, envíen a la Unidad de Análisis Financiero y Económico reportes de operaciones sospechosas, otros reportes o suministren información a las autoridades competentes.
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