Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de DelitosTÍTULO III MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO Y FINANCIACIÓN DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA CON UN ENFOQUE BASADO EN RIESGOS

Art. 59

Registro de no existencia de reportes

Vigente desde 2026-02-11

Los sujetos obligados deben registrar en el sistema de reportes de la Unidad de Análisis Financiero y Económico, en el término de 10 días posteriores al fin de cada mes, la no existencia de reportes de operaciones sospechosas u otros reportes de transacciones y operaciones, nacionales o extranjeras, que igualen o superen el umbral establecido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico.

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