Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos › TÍTULO II INSTITUCIONALIDAD
Art. 5
Rectoría
Vigente desde 2026-02-11
La Junta de Política y Regulación Financiera ejerce la rectoría en materia de prevención del delito de lavado de activos y de la financiación de otros delitos, conforme la competencia establecida en la Constitución y la ley de emitir las políticas públicas, la regulación y supervisión crediticia, financiera, de seguros, valores y servicios de salud prepagada, para la prevención del delito de lavado de activos y la financiación de otros delitos. Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos", expedida mediante Decreto Ley de Emergencia No. 477 (publicado en el Quinto Registro Oficial Suplemento 700, del 10 de diciembre de 2024) .
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.