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Art. 3 de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos

Ámbito

Vigentedesde el 11 de febrero de 2026

Consolidación:
texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
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Las disposiciones de la presente ley son de orden público, de aplicación y observancia obligatoria en todo el territorio nacional.

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