Art. 2 de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos
Finalidad
Vigentedesde el 11 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 11 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Esta Ley tiene por finalidad instaurar la organización institucional y establecer procedimientos de prevención, detección y combate del delito de lavado de activos, sus delitos precedentes, el delito de la financiación del terrorismo y de la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva.
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