Ley de Régimen Tributario Interno › Título Primero. IMPUESTO A LA RENTA
Art. (...)
primer artículo innumerado posterior al Art. 26
Forma de determinar la utilidad en la enajenación de acciones u otros derechos representativos de capital
Vigente desde 2014-12-29
La utilidad en la enajenación de acciones u otros derechos representativos de capital se calculará así:
El ingreso gravable corresponderá al valor real de la enajenación.
El costo deducible será el valor nominal, el valor de adquisición, o el valor patrimonial proporcional de las acciones u otros derechos representativos de capital, según corresponda, de acuerdo con la técnica financiera aplicable para su valoración.
También serán deducibles los gastos directamente relacionados con la enajenación.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.