Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley de Régimen Tributario InternoTítulo C. uarto

Art. 97

Contratos de obras y servicios específicos

Vigente desde 2025-08-28

Los contratistas que han celebrado contratos de obras y servicios específicos definidos en el artículo 17 de la Ley de Hidrocarburos pagarán el impuesto a la renta de conformidad con esta Ley.

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