Vigente NORMATIVA AL DÍA

Ley Orgánica de Protección de Datos PersonalesTÍTULO V PERSONAS EXPUESTAS POLÍTICAMENTE

Art. 77

Servicio

Vigente desde 2026-02-02

El considerar a un cliente de un sujeto obligado como una persona expuesta políticamente, no conlleva la negación del servicio, el cierre de cuentas o terminación de la relación contractual o comercial; sin embargo, es responsabilidad del sujeto obligado contar con sistemas apropiados de administración de riesgos y aplicar las medidas de debida diligencia reforzada en todos los casos.

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