Art. 49 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales
Cambio
Vigentedesde el 2 de febrero de 2026
- Consolidación:
- texto consolidado al 2 de febrero de 2026, sin reformas posteriores verificadas
- Texto cargado en Vigente:
Cuando se haya producido un cambio del oficial de cumplimiento titular y/o suplente, el sujeto obligado o el representante legal, deberá actualizar dentro del término máximo de quince (15) días, contados a partir de la fecha de la designación, la información correspondiente del nuevo oficial de cumplimiento, acatando el procedimiento que la Unidad de Análisis Financiero y Económico establezca para el efecto.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.