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Art. 169 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario

Infracciones en la Economía Popular y Solidaria

Vigentedesde el 7 de octubre de 2025

Consolidación:
texto consolidado al 7 de octubre de 2025, sin reformas posteriores verificadas
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  1. a) No entregar la información sobre la situación económica y de gestión de la organización; b) La trasgresión generalizada de los derechos de los integrantes de la organización; y, c) Las demás previstas en la Ley.

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  1. Art. 172 de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario · Aplicación de sanciones

    «aplicará la suspensión definitiva del Registro; y, c) Las infracciones señaladas en el artículo 169 y 170, serán sancionadas con la imposición de multas. En caso de reincidencia se»

Referencias verificadas en las normas ya indexadas. El índice cubre por ahora una parte del corpus.