Art. 27
Vigente desde 2026-02-11
En orden al mejor cumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 20 y 23, respecto de las compañías de responsabilidad limitada, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros reglamentará la presentación de los documentos a los que se refieren dichos artículos.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.