Código del Trabajo › TÍTULO IV DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO
Art. 422
Gratuidad de los certificados
Vigente desde 2026-04-09
Los exámenes médicos exigidos por los artículos anteriores no deberán ocasionar gasto alguno a los pescadores.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.