Código del Trabajo › TÍTULO IV DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO
Art. 421
Validez del certificado médico
Vigente desde 2026-04-09
En el caso de personas menores de 21 años, el certificado médico será válido durante un año a partir de la fecha que fue expedido. Cuando se trate de personas que hayan alcanzado la edad de 21 años el certificado médico será válido por dos años. Si el período de validez del certificado expirara durante una travesía, el certificado seguirá siendo válido hasta el fin de la misma.
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