Vigente NORMATIVA AL DÍA

Código del TrabajoTÍTULO IV DE LOS RIESGOS DEL TRABAJO

Art. 396

Estipulación de indemnizaciones

Vigente desde 2026-04-09

Los trabajadores podrán estipular con sus empleadores, indemnizaciones mayores que las establecidas por este Código para el caso de accidente o enfermedad.

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