Código del Trabajo › TÍTULO III DE LAS MODALIDADES DEL TRABAJO
Art. 343
Falta de inspector del trabajo
Vigente desde 2026-04-09
A falta de inspector del trabajo, podrá recurrirse al Juez del Trabajo o a cualquier autoridad del ramo.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.