Código del Trabajo › TÍTULO III DE LAS MODALIDADES DEL TRABAJO
Art. 263
Exclusión
Vigente desde 2026-04-09
No son trabajadores remunerados del hogar sino trabajadores sometidos a las reglas generales de este Código los que prestan servicios en hoteles, bares, fondas, posadas, hospitales o establecimientos análogos.
Preguntar sobre este artículo y ver qué otras normas y absoluciones oficiales lo acompañan.